STS 02-10-2008: fijación de doctrina legal “La situación de quien ocupa una vivienda cedida sin contraprestación y sin fijación de plazo por su titular para ser utilizada por el cesionario y su familia como domicilio conyugal o familiar es la propia de un precarista, una vez rota la convivencia, con independencia de que le hubiera sido atribuido el derecho de uso y disfrute de la vivienda, como vivienda familiar, por resolución judicial”.
Tuesday, November 4th, 2008SENTENCIA
En la Villa de Madrid, a dos de Octubre de dos mil ocho.
Visto por la Sala Primera del Tribunal Supremo, integrada por los Excmos. Sres. Magistrados al margen indicados, el recurso de casación interpuesto por don Lucio y Doña Patricia , representados en esta alzada por el Procurador de los Tribunales Don Fernando Muñoz Ríos, [...]

